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      Piden a la Corte que declare inconstitucionales los cambios que Cristina Kirchner introdujo en la Magistratura

      REJIA, una red de ONGs, solicitó ser amicus curiae en la causa que está en el máximo tribunal desde el 2015 y requirió un pronto despacho.

      Piden a la Corte que declare inconstitucionales los cambios que Cristina Kirchner introdujo en la MagistraturaEl nuevo presidente de la Corte Suprema Horacio Rosatti Foto Juano Tesone.
      Redacción Clarín

      La Red de Entidades por la Justicia Independiente en Argentina (REJIA) pidió a la Corte Suprema que confirme un fallo que ordena volver a la composición original del Consejo de la Magistratura de la Nación, antes de los cambios que en el 2006 le hizo introducir Cristina Kirchner.

      En un escrito la red de ONGs, que lucha por la independencia de la Justicia, solicitó además ser amicus curiae en la causa y que el máximo tribunal le de un pronto despacho al expediente que se encuentra en debate desde el 2015.

      El mes pasado, juez de la Corte Ricardo Lorenzetti confirmó que el tribunal “tiene en agenda” la eventual declaración de inconstitucionalidad de la conformación actual del Consejo de la Magistratura.

      El Consejo de la Magistratura de la Nación es un organismo políticamente sensible ya que propone y destituye jueces y administra los fondos del Poder Judicial.

      Si eventualmente la Corte ratifica un fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo en 2015, el Consejo de la Magistratura que hoy tiene 13 miembros, volvería a tener 20 y a ser presidido por el titular de la Corte.

      Pero fundamentalmente, volvería a tener un equilibro institucional, ya que las reformas que le introdujo Cristina Kirchner como senadora le dieron mayoría a la política, fundamentalmente al gobierno de turno. La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal declaró la inconstitucionalidad por un reclamo del colegio de abogados de la Ciudad de Buenos Aires.

      El escrito de REJIA está firmado por los titulares de Profesores Republicanos, Guillermo Mizraji; de Usina De Justicia, Diana Cohen Agrest; de Contadores Forenses, Alfredo Popritkin, de la Fundación Cadal (Centro Para La Apertura y el Desarrollo de América Latina) Sybil Rhodes; de la Asociación Civil Río Paraná, Roberto Cohan; del Instituto De Altos Estudios De Derecho De La Provincia de Mendoza, Roberto Ulliarte; de Jubi-Jueces, Luis Herrero; de Justa Causa, Luis Cevasco y por el constitucionalista Daniel Sabsay.

      En la nota, REJIA solicitó se rechacen los recursos extraordinarios presentados por el ministerio de Justicia y el fiscal y se confirme la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala II, de fecha 19 de noviembre de 2015, que declaró la inconstitucionalidad de la Ley 26.080, artículo 1°.

      Recordó que el artículo 114 de la Constitución Nacional prescribe que el Consejo de la Magistratura debe integrase periódicamente “de modo que se procure el equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultantes de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal…”

      Así la reforma de la Ley 24.937 impulsada por Cristina Kirchner, “dispuesta por la Ley 26.080, aquí impugnada, intenta alterar para siempre ese delicado equilibrio entre los distintos sectores –político, judicial y académico- representados en el Consejo de la Magistratura”.

      Esa ley 26.080 impone que de los 13 miembros del Consejo de la Magistratura, 6 sean legisladores --senadores y diputados- y 1 representante al Poder Ejecutivo en detrimento de la cantidad de representantes de jueces, abogados y académicos.

      “Con ello, la representación de extracción política partidaria tiene en forma permanente siete (7) miembros sobre un total de trece (13) y proporciona a dicho sector, cuanto menos como posibilidad, la de tener quórum propio y eventualmente mayoría absoluta en la toma de decisiones que no requieran mayorías especiales”, destacó.

      Ese desequilibrio, afirmó REJIA, también se manifestó también en la composición de estas comisiones de la Magistratura:

      - La Comisión de Disciplina y Acusación: cuenta con 9 miembros, de los cuales 2 son senadores, 2 diputados y 1 representante del Poder Ejecutivo, “lo cual otorga más de la mitad de sus miembros al sector político”.

      - La Comisión de Administración y Financiera: consta de 7 miembros y se integra con 2 diputados, 1 senador y 1 representante del Poder Ejecutivo, “nuevamente le otorga más de la mitad de sus miembros al sector político.

      “Esta preeminencia del sector político, se obtuvo mediante el simple expediente de disminuir intempestivamente la cantidad de representantes con que contaban los abogados de la matrícula y eliminar la representación de la Corte en violación manifiesta de la Constitución Nacional, la cual también impone que la representación de los jueces abarque magistrados de todas las instancias”, agregó REJIA.

      Con la Ley 26.080 de Cristina Kirchner, “la República Argentina ha pasado a ser el único país democrático del mundo que consagra la preeminencia de los órganos políticos -ejecutivo y legislativo- en la administración del Poder Judicial y en el proceso de designación, enjuiciamiento y remoción de los magistrados". En las demás "los legisladores y los representantes de los poderes ejecutivos y legislativo, o bien no tienen representación alguna, o la tienen en proporción ínfima”, finalizó REJIA.


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