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Observatorio de Relaciones Internacionales y Derechos Humanos

21-06-2021

Irán: pena de muerte y censura

En el tercer Examen Periódico Universal se reitera la preocupación sobre la aplicación regular de la pena de muerte por parte del aparato estatal, en especial con personas menores de edad. El código penal islámico mantiene hasta el día de hoy la pena de muerte a partir de los 15 años, en el caso de los niños, y los 9 años en el caso de las niñas. Esta situación se contrapone, de forma manifiesta, a lo dispuesto por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y a la Convención sobre los Derechos del Niño, ambos tratados de DDHH habiendo sido ratificados por Irán, el primero en 1975 y el último en 1994. Además, hay un patrón sistémico de presión mental y física que se aplica a los detenidos para obtener confesiones por la fuerza, incluso algunas se transmiten públicamente.
Por Juan Antonio Marchetti

Nazanin Zaghari-Ratcliffe

Según los datos de Amnistía Internacional sobre las condenas de muerte y ejecuciones en 2020, al menos 483 personas fueron ejecutadas e Irán fue el país con el mayor número de muertes por ejecución en el mundo (al menos 246), excluyendo a China del cual se desconoce la magnitud exacta del empleo de la pena de muerte. Si bien la suma es más baja en relación con años anteriores, es un patrón de acción por parte del Estado que perdura hace mucho tiempo. Esto ha quedado plasmado en el tercer ciclo del último Examen Periódico Universal (EPU), que es llevado a cabo en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU y al cual se sometió la República Islámica de Irán el pasado 8 de noviembre de 2019. En este examen, que tiene como objetivo medir la observancia y el respeto de los DDHH en los países que forman parte de la organización, se evidencian los patrones sistemáticos de violación de los DDHH del Estado iraní.

En el EPU se reitera la preocupación, ya expresada, sobre la aplicación regular de la pena de muerte por parte del aparato estatal, en especial con personas menores de edad. El código penal islámico mantiene hasta el día de hoy la pena de muerte a partir de los 15 años, en el caso de los niños, y los 9 años en el caso de las niñas. Esta situación se contrapone, de forma manifiesta, a lo dispuesto por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y a la Convención sobre los Derechos del Niño, ambos tratados de DDHH habiendo sido ratificados por Irán, el primero en 1975 y el último en 1994. Además, hay un patrón sistémico de presión mental y física que se aplica a los detenidos para obtener confesiones por la fuerza, incluso algunas se transmiten públicamente.

Otra cuestión que ha sido destacada en el EPU ha sido la relativa a la administración de justicia y el estado de derecho. Se han observado numerosas violaciones de las garantías procesales y el derecho a un juicio imparcial, en particular respecto de defensores de los DDHH, sindicalistas, periodistas, miembros de la oposición, extranjeros y personas con doble nacionalidad. Este patrón se caracteriza por llevar a cabo arrestos ilegales, aislamientos prolongados de los detenidos y la denegación del acceso a un abogado de su elección.

También figura en el examen una persistente discriminación de los miembros de las minorías religiosas, algunas ni siquiera reconocidas por el Estado como la minoría bahaí, y una censura generalizada de la información. Cualquier pieza de información es pasible de ser restringida sin justificación alguna. Hay partes del informe que también destacan la represión a organizaciones no gubernamentales que trabajan en el ámbito de los derechos humanos, como la Sociedad Estudiantil del Socorro de Iman Ali,  y la persecución de los defensores de esos derechos.

Un caso que ha resonado en los últimos meses es el de Nazanin Zaghari-Ratcliffe, una trabajadora humanitaria, de nacionalidad británica-iraní, que ha sido acusada de actividades de propaganda contra la República Islámica. Fue detenida en 2016 en el aeropuerto de Teherán y luego de varios años en la cárcel fue liberada en 2020, con una tobillera electrónica. Sin embargo, a raíz de la situación producto de la pandemia del COVID-19, ha sido puesta en detención nuevamente.

El sistema político iraní combina elementos religiosos y democráticos. Es una herencia directa de la revolución islámica de 1979, que estableció la República Islámica de Irán luego de varios años de Monarquía. Hay una evidente influencia del islam chiita, que profesa la mayoría de la población iraní, que permea a todo el sistema político. Es por eso que la autoridad más importante dentro del territorio es el líder supremo, el cual es elegido por la Asamblea de Expertos para ocupar el cargo de por vida. Actualmente, la posición de líder supremo es ocupada por Ali Khamenei desde 1989, luego de que falleciera su predecesor Ruhollah Jomeini, primero en ocupar el cargo y figura clave en la Revolución.

Según el índice Freedom in the World de Freedom House, la República Islámica de Irán es un país “No Libre”. Si bien se celebran elecciones de manera periódica, se puede observar un detrimento en los estándares democráticos necesarios para que las elecciones sean libres y limpias. Hay una manifiesta concentración del poder. Los cuerpos que componen a las distintas instituciones no están sometidos a la voluntad popular y, por lo tanto, padecen la manipulación del ejecutivo. Estas instituciones, como las Fuerzas Armadas o el Poder Judicial, juegan un rol importante en la supresión de las voces disidentes en el territorio y en la restricción de libertades fundamentales.

En el plenario del Consejo de Derechos Humanos, los países han hecho sus observaciones y recomendaciones a raíz de los resultados del EPU. En este diálogo interactivo entre los países, hubo también varios pronunciamientos por parte de las delegaciones latinoamericanas.

Argentina, Chile y Uruguay hicieron hincapié en la adopción de medidas para eliminar la pena de muerte de la legislación iraní, y que se establezcan moratorias sobre las ejecuciones de personas que ya estuvieran condenadas a muerte. Brasil también recomendó que se adopten medidas para abolir la ejecución de niños y conmutar las sentencias de muerte de todos los menores en el corredor de la muerte. Aparte de la pena de muerte, Argentina y Chile mencionaron también la preocupante situación de la libertad de expresión y pidieron que se garanticen este y otros derechos como el libre ejercicio del periodismo y la prensa.

Tampoco faltaron las observaciones de las delegaciones correspondientes a las “democracias plenas”, utilizando el término que acuña el Democracy Index de The Economist. Estados Unidos tuvo la oportunidad de reclamar la liberación de ciudadanos estadounidenses detenidos en el territorio, mientras pedía por un Poder Judicial iraní con más autonomía e independencia, en detrimento de los tribunales revolucionarios.

Canadá propuso que se eliminen las restricciones jurídicas y los obstáculos sociales a la participación de las mujeres en la gestión de los asuntos públicos, junto con aumentar el acceso a la educación y garantizar la no discriminación de las minorías étnicas y religiosas.

Además, Alemania, junto con otros países como Noruega, Suecia y Dinamarca, se inclinaron también por abolir la pena de muerte y establecer una moratoria sobre los que ya fueron condenados, y pidieron por la libertad de los medios de comunicación y la igualdad de condiciones entre hombres y mujeres.

Para concluir, vale decir que la República Islámica de Irán aún no se ha tomado seriamente cualquiera de las recomendaciones que los demás países le hicieron e implementado alguna medida para ponerlas en práctica. Según Human Rights Watch, el Presidente Hassan Rouhaní y su administración han mostrado poca cooperación e intención para confrontar las severas violaciones a los derechos humanos perpetradas por las agencias de seguridad iraníes, mientras las autoridades continúan dando luz verde a estos abusos.

Juan Antonio Marchetti
Juan Antonio Marchetti
Voluntario de CADAL
 
 
 

 
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